TAP

Turno Actuación Profesional

Requisitos a cumplir

La incorporación a las listas de los Turnos de Actuación Profesional requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos.

Requisitos generales para todas las listas:

  • Cumplir la condición de colegiado -como ejerciente por cuenta propia- e/o sociedad profesional inscrita en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas.
  • Cumplimentar la solicitud que a tal efecto facilitará el Colegio, acompañando, en su caso, la documentación acreditativa correspondiente.
  • No estar cumpliendo sanciones de cualquier orden que inhabiliten para el ejercicio de la profesión en el ámbito material propio de la relación de que se trate, ni estar sometido a suspensión cautelar que produzca dicha inhabilitación.
  • Acreditar haber cumplido en el último año los requisitos de formación continuada.
  • Aceptar expresamente la publicación de sus datos en las listas del TAP, todo ello de acuerdo con la LOPD.
  • Adquirir el compromiso de aceptar los encargos para los que sea designado, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada, que deberá comunicarse por escrito. (*)
  • Cualquier otro requisito que venga exigido por el ordenamiento jurídico para las actividades de que se trate, y respecto a las relaciones a las que afecten.

(*) La renuncia sin causa justificada y debidamente acreditada será motivo de exclusión de las listas del Colegio correspondiente por un período de dos años. Cuando esta circunstancia se produzca en las designaciones efectuadas a través de las listas elaboradas para atender a las solicitudes de la Administración de Justicia de la Xunta de Galicia, las cuales son gestionadas de manera conjunta por los cuatro Colegios provinciales que integran el Consello, la exclusión surtirá efectos en los cuatro ámbitos provinciales.

RequisitosListas

(1)   Consulte AQUÍ las condiciones específicas del Convenio del Consello Galego de Economistas con la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza.

(2)  Requisitos a cumplir para el alta en las listas de Administradores Concursales

Las siguientes condiciones han sido establecidas con el fin de dar cumplimiento a los establecido en el artículo 27 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, que permanecerá en vigor hasta que se apruebe el Reglamento la Ley Concursal, según estipula la Disposición transitoria quinta de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal.

Requisitos alta en las listas de Administradores Concursales

Listas TAP 2025

Formularios de solicitud:

Para solicitar alta o renovación en las listas TAP para 2024 cumplimente el formulario que se activará pinchando AQUÍ.

Plazos:

Solicitud de alta o renovación: hasta el 13 de diciembre de 2024.

Acreditación de la formación: hasta el 23 de diciembre de 2024. (Los colegiados/as en el Colegio de Economistas de Ourense, solo deberán acreditar la formación realizada a través de otras entidades ajenas al Colegio o al Consello Galego de Economistas).